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Súmate denuncia retraso judicial para otorgar amnistía a Nélida Sánchez y Biagio Pilieri

La organización Súmate denunció este viernes el retraso por parte de los tribunales para otorgar la amnistía a Nélida Sánchez, Biagio Pilieri y otra cuatro personas que «cursan en la misma causa».

«El tribunal incumple el plazo máximo de 15 días continuos que establece el artículo 11 de la Ley de Amnistía para dar respuesta a las solicitudes introducidas de sobreseimiento de la causa», señaló un comunicado.

Cabe recordar, que en el caso de nuestra compañera Nélida Sánchez, 15 días después de su excarcelación, específicamente el día 25 de febrero de este año ella acudió personalmente ante el tribunal mencionado para introducir la solicitud de la medida de amnistía, la cual fue recibida por la Unidad Recepción de Documentos (URDD). Sin embargo, este 12 de marzo cuando se venció el plazo legal para que el tribunal diera respuesta a la solicitud introducida, se encontró con la novedad de que no hay decisión al respecto.

Es necesario precisar que en la causa penal que se le sigue a Nélida Sánchez, también están incluidas otras siete personas, de las cuales dos de ellas ya han sido beneficiadas con la aplicación de la Ley de Amnistía, lo que evidencia que los hechos investigados se encuentran dentro de los supuestos contemplados por esta legislación. Vale indicar que al decidir el tribunal competente la procedencia de la amnistía con respecto a dos de las ocho personas imputadas en la misma causa, también debe garantizar la aplicación uniforme del instrumento legal mencionado, es decir, debe aplicar por efectos extensivos el sobreseimiento dictado.

Ley fija plazo de 15 días continuos para decisiones sobre amnistía
La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, aprobada por la Asamblea Nacional el 19 de febrero de este año 2026 y publicada en Gaceta Oficial ese mismo día, dispone en su artículo 11 que los tribunales deben verificar los supuestos de aplicación en cada caso y decretar el sobreseimiento de todos los procesos en curso o la revisión de las sentencias firmes para su anulación mediante sentencias de reemplazo, en un plazo que no excederá de quince días continuos.

La Ley de Amnistía fue presentada como un mecanismo para promover el reencuentro, la reconciliación nacional y la convivencia democrática, como se puede constatar en los discursos públicos de altos voceros gubernamentales, entre ellos la presidente encargada Delcy Rodríguez y el presidente de la directiva de la Asamblea Nacional Jorge Rodríguez; no obstante, observamos que la falta de decisión judicial en el plazo legal establecido de los 15 días continuos genera por lo menos inquietud e inclusive incertidumbre jurídica a las personas que han solicitado formalmente el beneficio de la amnistía, que es el objeto de esta legislación.

Frente a esta situación, exhortamos al alto nivel de las autoridades judiciales, al Ministerio Público y a los diputados integrantes de la Comisión Especial de la Asamblea Nacional para el Seguimiento de la aplicación de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, a pronunciarse para que los tribunales competentes den respuesta oportuna a la solicitudes de amnistía introducidas en el plazo fijado en esta legislación, como también que su aplicación sea de forma uniforme, con lo cual estarán contribuyendo en gran medida a la materialización del proceso de reconciliación nacional que el propio Estado venezolano propicia en el momento actual.

Nota de prensa

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